¡QUE NO NOS CONFUNDAN!, artículo publicado en Diario de Pontevedra, el 5 de enero de 2010

Me dije a mí misma (mal hecho porque me conozco) que no volvería a escribir sobre este tema; pero llegado este punto de falta escrúpulos políticos, les daré mi opinión sobre lo que está pasando. Pero antes de ello, voy a hacer unas puntualizaciones que no las escribo porque “me sale de dentro”, las transcribo tal y como aparecen en los textos legales vigentes, y PORQUE LA LEY HA DE CUMPLIRSE.


 
En primer lugar, hablo sobre EL DERECHO DE AUTODETERMINACIÓN, al que apelan como “loros de repetición” los dirigentes independentistas catalanes (de forma especial), recurriendo a resoluciones de la ONU ante la práctica imposibilidad de encontrar en el derecho español un resquicio legal para la secesión sin una reforma previa de la Constitución. Vamos por partes: para empezar, este derecho se reconoce en el cuerpo del Derecho Internacional para los "PUEBLOS SOMETIDOS A RÉGIMEN COLONIAL U OTRO TIPO DE DOMINACIÓN EXTRANJERA". Dicho lo cual, NO TIENE CABIDA LEGAL EN CATALUÑA. Por otro lado, los independentistas no encuentran ningún intersticio en el cuerpo jurídico y legal español para hacer real su sueño; ya que este sentido, España no es una excepción en el panorama europeo e internacional, en donde no existe constitución alguna en  los grandes países occidentales que albergue la amputación de una parte de su territorio. Países como Francia, vetan incluso la posibilidad de modificar su Carta Magna (artículo 89) para permitir una secesión. Y desde aquí, tambien les invito a ojear los textos constitucionales de EEUU, Rusia, Brasil, Perú, Estonia, Lituania, Italia, Alemania, Bulgaria, Suiza, Noruega etc. Es cierto que algunos estados sí reconocen este derecho, pero ustedes juzguen cuales, yo también se los cito: Liechtenstein, Etiopía y las islas de San Cristóbal y Nevis.




 
En segundo lugar, un CAMBIO CONSTITUCIONAL EN ESPAÑA, el cual sería posible ya que la misma lo contempla en el Título X, artículo 167. Pero se necesitan mayorías muy cualificadas (en su apartado 1 la mayoría cualificada de 3/5 de los miembros de cada una de las dos cámaras, es decir, 210 diputados y 159 senadores; y en su apartado 2, una mayoría de 2/3, es decir 233 diputados y 176 senadores); la elaboración de un nuevo texto consensuado, que además debe haber pasado la aprobación en votación en ambas cámaras y por mayoría absoluta. Apartado 3, “Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación (…)”; es decir, TENDRÍAMOS QUE PARTICIPAR TODOS LOS ESPAÑOLES; al igual que se hizo en 1978, y en donde y por cierto, la Constitución fue votada por el 90% de catalanes y catalanas con derecho a voto.
Hasta aquí las citas legales actuales, a las que se puede acudir a través de cualquier tipo de consulta si aun alguien duda de lo que he transcrito, reiterando la imposibilidad absoluta de una declaración de independencia de Cataluña, por ILEGAL.



 
Llegado este momento, es cuando yo me pregunto, ¿a qué juegan algunos?. Bajo mi punto de vista a lo que se les permite, y entre otras muchas cosas a la tomadura de pelo  “del respetable” haciendo juegos de palabras según les convenga; ya que no es lo mismo “una cierta noticia” que “ una noticia cierta”, ni  “un pobre hombre” frente a “un hombre pobre”; como tampoco es lo mismo un “preso político”, (es decir, aquella persona  que está confinada en una cárcel por la expresión de sus ideas políticas), que un “político preso” (persona que se dedica a la políticas y que está confinada en una cárcel por saltarse e incumplir la Ley vigente porque no le gusta); como hacen algunos, y hasta el punto de forzar al candidato a la presidencia del gobierno a utilizar en su discurso de investidura de ayer por la mañana frases tan preocupantes como ésta que cito textualmente: “Necesitamos recomenzar (…) retomar el diálogo político (…) Retomar la senda de la política dejando atrás la judicialización del conflicto”…  
Dialogar siempre es bueno, en especial si existe un mensaje bidireccional entre los dos focos de comunicación; hasta ahí no hay problema; pero la “frasecita” final, cómo que me da mucho miedo. Porque para empezar, en España el presidente del Gobierno es el Jefe del Poder Ejecutivo; porque para continuar en España existe la separación de poderes y la no injerencia debe respetarse al máximo; y para finalizar, si alguien comete un delito ya sabe “en el pecado va la penitencia”, y en especial si es un servidor público.
Echándole “un capote” a Pedro Sánchez, he de decirles que cuando un líder llega a la Presidencia del Gobierno de España (sea del partido o formación política que sea), le es muy difícil el hacer efectivo el programa electoral con el que se presenta, porque las vicisitudes de la realidad, superan lo descrito en el memorándum que votan sus adeptos. Ahora bien, y aquí va “el tirón de orejas”, si no es fácil hacerlo a través de  una serie de medidas ajustadas a Derecho, (o lo que es lo mismo, a la Ley),  explíqueme usted cómo va a materializar propuestas pactadas en distintas negociaciones que no respetan la legalidad vigente; porque el papel soporta todo, incluso si “están hablando de sexo pueden evocar al amor”. Pero la realidad es otra.



 
La verdad es que estamos inmersos en una época que la incerteza se puede transformar en certeza a la velocidad de la luz, ya que emulando a la más peligrosa propaganda nazi, estos políticos independentistas (presos y no presos) y sus comparsas, intentan transformar en verdad una mentira repetida hasta la saciedad; y sinceramente me preocupa porque a la gente se la engaña vilmente. Aunque lo que más me quita el sueño es que se quiera hacer pasar lo ilegal por legal, apelando a una injusta “judicialización de la política”.
Veremos lo que ocurre, aunque lo que sí me aventuro a destacar, es que hoy por hoy (y por bastante tiempo), de cambio constitucional nada de nada; porque si le ha costado “un riñón y parte de otro” al presidente en funciones ser reelegido, imagínense el de conseguir mayorías cualificadas a las que hace referencia el Título X de nuestra Carta Magna en su artículo 167.


 
Permanezcamos expectantes, pero mientras tanto ¡QUÉ NO NOS CONFUNDAN!

 

 

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